El Pleno del Congreso del Estado aprobó este jueves de manera unánime un dictamen propuesto por las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y Familia y la de Justicia, para reformar el Código Penal incrementando las penas mínimas y máximas para los delitos de violación y de violación equiparada, además de incrementar en la mitad de estas penas cuando los victimarios sean dos o más personas.
Las y los diputados de la LXIV Legislatura, aprobaron reformar los artículos 179, párrafos primero y segundo, 180, párrafo primero y 181, del Código Penal para el Estado de Sinaloa. Ahora se castigará con penas que van de 9 a 25 años a quien por medio de la violencia, realice cópula con una persona de cualquier sexo sin la voluntad de esta, mientras que para el caso de violación equiparada, se eleva el castigo con penas que van de los 16 a los 34 años.
Con la reforma al artículo 181, se penaliza a los dos delitos señalados cuando se cometen por dos o más personas con un castigo de 10 a 30 años, ahora la pena se aumentará hasta en una mitad más.
De igual forma, con esta reforma se establece por Ley, modificar la definición de cópula en el Código Penal del Estado de Sinaloa, para precisar que la calidad de sujeto activo en el delito de violación y violación equiparada, sea adquirido también por la persona que se haga penetrar por la víctima, de modo que la conducta pueda materializarse indistintamente de la mecánica en que ocurra.
De esta manera, el Congreso del Estado refrenda su compromiso para combatir el alza de la incidencia de esta conducta delictiva que lacera a la población sinaloense.
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