La tarde de este jueves 11 de junio de 2020, en el Pleno del H. Congreso del Estado de Sinaloa, se aprobó el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Sinaloa.
Estas reformas representan un gran avance en materia de transparencia al mejorar los procesos de planeación, programación y presupuestación de la obra que realizan los gobiernos, garantizando que los recursos destinados a esta se utilicen de forma responsable y eficiente; con ello se cumple con una justa exigencia ciudadana, no más obras inconclusas o que benefician, por encima de las necesidades y el bienestar del pueblo, negocios de particulares con cargo al erario público.
Ejemplos ha habido muchos en la historia de nuestro estado, y el más reciente se está terminando de construir en la ciudad y puerto de Mazatlán, Sinaloa. La opacidad ha sido la característica del proyecto, interrogantes en torno a él hay muchas, sin que hasta el momento se haya tenido respuesta por parte del Gobierno del Estado de Sinaloa.
Con las modificaciones, surgidas del ejercicio de parlamento abierto promovido por la LXIII Legislatura y con una amplia participación de la sociedad civil organizada, como el Comité Intergremial de la Industria de la Construcción del Estado de Sinaloa, de organismos como Iniciativa Sinaloa Asociación Civil, Movimiento Interdisciplinario de Estudiantes Egresados de la UAS, MAPASIN, COPARMEX Sinaloa y Observatorio Ciudadano de Mazatlán, además de la Federación de Autotransportistas del Estado de Sinaloa y del Sindicato Estatal de Autotransportes y Conexos “Fernando Amilpa”, se aseguran mejores condiciones para la mayoría de las empresas constructoras, promoviendo, a través de lo dispuesto en el artículo 10, la participación de compañías locales, especialmente de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Además, destaca que PREECASIN se queda sin facultad para realizar nueva obra pública y su función se sujeta, de forma exclusiva, a labores de conservación y mantenimiento.
En el artículo 17, se prevé ahora que el programa anual de obra pública se contenga en la iniciativa de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos que se presente al Congreso del Estado, precisando la inversión, el lugar, el origen de los recursos de la misma, así como el plazo previsto para su ejecución.
El programa general será aprobado por mayoría simple del Congreso del Estado y será este, a través de sus comisiones en la materia, quien verifique los informes trimestrales que deberán enviarse sobre los avances del programa con base en lo establecido en el artículo 70 de la Constitución estatal. También se conmtempla la actualización de los procedimientos de licitación, incluyendo una amplia participación de la ciudadanía mediante de los Comités de Obras y la figura de los Testigos Sociales.
Estos últimos podrán participar en los procesos de licitación con independencia del monto de la inversión y en obras por administración directa, contarán con voz y emitirán un testimonio con validez vinculatoria.
Más transparencia, eficiencia en la aplicación de recursos públicos, obras de impacto social que resuelvan las problemáticas de movilidad y aquellas derivadas de crecimiento de las comunidades en Sinaloa, que potencien el desarrollo económico para alcanzar el bienestar, es lo que se garantiza con las reformas a la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Sinaloa.
Graciela Domínguez Nava
Presidenta de la Junta de Coordinación Política
Coordinadora del Grupo Parlamnetario de morena
H. Congreso del Estado de Sinaloa
11 de junio de 2020
Felicito a todos los que participaron e hicieron posible estas reformas a la mencionada Ley. Habrá que ver si, entre otras cosas, eso resulta en diversos beneficios para los habitantes de todo Sinaloa: eliminación de la simulación y corrupción en las licitaciones; conocimiento de la planeación de obras; jeraquización del gasto y, sobre todo, control del costo y la calidad de la obra. No estará demás el realizar una Auditoría de la Obra Pública, aunque sea "a toro pasado".
Por otra parte, creo que debe revisarse -y hasta cuestionarse- la figura del Testigo Social, toda vez que, o puede ser cooptado, o en su actuar correcto sea ninguneado (o amenazado) : Así pasó con su servidor (en otros tiempos), pero…