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Foto del escritorDiputadosMorenaSinaloa

En Sesión Extraordinaria, Congreso da primera lectura a tres iniciativas

El Pleno del Congreso del Estado realizó este martes una Sesión Extraordinaria para darle primera lectura a tres importantes iniciativas, mismas que serán dictaminadas y posteriormente discutidas y votadas en una sesión extraordinaria programada para ese fin este mismo miércoles.


Se le dio primera lectura a una iniciativa promovida por el gobernador del Estado, Rubén Rocha Moya, la cual propone adicionar la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa, la cual tiene como objeto establecer como responsables solidarios en el pago del impuesto del Predial a los retenedores y las personas a quienes la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa les imponga la obligación de recaudar el impuesto a cargo de los contribuyentes, hasta por el monto de dichas contribuciones.


Asimismo la Tesorería Municipal podrá celebrar convenios con los retenedores del impuesto de Predial, con el objeto de facilitar su recaudación, esto con el fin de fortalecer los ingresos del municipio no solo por concepto del flujo que generará un ingreso mayor, sino también por lo que se refiere a las participaciones federales que le corresponden de los fondos establecidos en las leyes de coordinación fiscal federal y estatal.


También se le dio primera lectura a una iniciativa que propone adicionar la Ley de Desarrollo Ganadero del Estado de Sinaloa implementar un documento oficial estatal con la información de la legítima propiedad de la carga, su condición sanitaria, el origen y destino de los bienes transportados.


Entre otros datos de seguimiento que deberán contener son las guías de tránsito para la movilización del ganado, sus productos y subproductos, logrando de esta manera una acreditación legítima en movimiento para avalar su carga y movilización.


Finalmente, se le dio primera lectura a una iniciativa que propone reformas y adiciones al artículo 57 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, para establecer que el hecho de padecer VIH o sida u otras enfermedades crónicas e incurables, contagiosas o hereditarias, no serán impedimento para contraer matrimonio.



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