La diputada Cecilia Covarrubias, en representación del Grupo Parlamentario de morena, presentó este miércoles una iniciativa que propone adicionar un párrafo tercero al artículo 40 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, para establecer que el año que concluya el ejercicio constitucional de gobierno, el informe que por ley debe enviar al Congreso del Estado sobre el estado que guarda la administración, se entregue el 5 de septiembre.
En la exposición de motivos, se explica que en la reforma aprobada en el 2015 al artículo 57 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, se modificó la fecha del inicio del ejercicio en funciones del Gobernador del estado, recorriéndose para el día primero de noviembre del año de elección, cuando anteriormente era el primero de enero del año siguiente.
Esta reforma, impide que al final de cada periodo de la gestión de la administración pública estatal, se dé cumplimiento al artículo 40 del máximo ordenamiento local que dispone como fecha específica el quince de noviembre de cada año, para que el Ejecutivo del Estado envíe al Congreso del Estado un informe por escrito sobre la situación que guarda la Administración Pública.
Esto provoca diversas interpretaciones, si se interpreta literalmente, el nuevo gobernador informará de una situación de sólo quince días, o podría derivar en una interpretación todavía más confusa, en la que el titular del Poder Ejecutivo con sólo quince días en el cargo, presente un informe del último año del gobierno recién concluido.
La peor interpretación que se daría al artículo 40 vigente, es que cada seis años el gobierno saliente dejara de informar al Congreso, en tanto ya no estaría en funciones para la fecha que la Constitución Política el Estado.
Para evitar estas interpretaciones, que no abonan a la rendición de cuentas, morena ha decidido promover esta iniciativa a fin de prever que al final del periodo de la gestión de la administración pública estatal, se anticipe la presentación del informe de gobierno y se cubra el contexto previsto en la disposición constitucional.
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