Las diputadas Graciela Domínguez Nava y Francisca Abelló Jordá, integrantes del Grupo Parlamentario de morena, presentaron ante el H. Congreso del Estado de Sinaloa una iniciativa con proyecto de decreto que propone reformar y adicionar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y de Participación Ciudadana, y la Ley de Responsabilidades Administrativas, todas ellas del Estado de Sinaloa.
Además de armonizar la legislación local con lo dispuesto en el marco normativo a nivel federal, cuyas reformas entraron el vigor el pasado 13 de abril de 2020, el objetivo de esta iniciativa es que se garantice a las mujeres el ejercicio pleno de sus derechos políticos y electorales en un contexto libre de violencia política por razones de género, para asegurar una participación efectiva y paritaria dentro de la esfera pública de nuestro estado.
La definición e incorporación del concepto “violencia política contras las mujeres en razón de género” en el artículo 24 Bis C, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el artículo 2, fracción XII, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa, responde a la presencia de un fenómeno que, históricamente, ha desincentivado la participación, ingreso y permanencia de las mujeres en la arena político electoral.
La notable presencia de casos de discriminación, calumnias, desacreditaciones e incluso agresiones físicas contra mujeres políticas, renuncias forzadas a candidaturas o a cargos habiendo sido ya electas, son algunas manifestaciones recurrentes de la violencia que sufren las mujeres en un espacio donde ha predominado la masculinidad y en un sistema que ha simulado el cumplimiento de las cuotas de género y la paridad sustantiva, menoscabando con ello la igualdad de concurrencia y posibilidades entre mujeres y hombres.
Por lo que estas reformas también prevén las conductas mediante las cuales puede expresarse la violencia de tipo político en contra de las mujeres. Entre ellas, restringir o anular su derecho al voto libre y secreto y su derecho a la libre asociación, ocultar información necesaria para su registro como candidata, obstaculizar la campaña de modo que se impida la competencia electoral en circunstancias de igualdad, realizar propaganda política que calumnie, degrade o descalifique a la candidata basándose en estereotipos de género que induzcan a relaciones de dominación, desigualdad o discriminación; al tiempo que se establecen mecanismos de sanción aplicables a quien ejerza violencia política contra las mujeres en razón de género.
En el documento presentado por las legisladoras morenistas, se hace hincapié en que atender el fenómeno de la violencia política contra las mujeres en razón de género debe ser un compromiso de todas las instituciones del Estado mexicano.
La intención es que la aprobación de estas reformas por el pleno del Poder Legislativo estatal, pueda darse en los tiempos que establece la ley para que sean aplicables al proceso electoral de 2021, en el que se renovarán las 18 alcaldías, el Congreso local y el Poder Ejecutivo; razón por la cual, la Junta de Coordinación Política de esta soberanía, ha impulsado también una modificación a la fecha de inicio del proceso electoral, proponiendo se recorra al 15 de diciembre de este año. Lo anterior, trabajando de la mano con el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa para garantizar que ninguna de las etapas del proceso electoral de 2021 se vea comprometida.
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