El Grupo Parlamentario de morena presentó una iniciativa para adicionar el Capítulo XI bis y el artículo 235 bis del Código Penal para el Estado de Sinaloa, para incorporar el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, y armonizar la legislación local con lo dispuesto en Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita expedida por el Congreso de la Unión en el año 2012.
La diputada Cecilia Covarrubias González, del Grupo Parlamentario de morena, explicó que desde el 30 de junio de 2011, el Consejo Nacional de Seguridad Pública acordó iniciar medidas para prevenir y combatir operaciones con recursos de procedencia ilícita, entre otras, mediante la creación de Unidades de Inteligencia Patrimonial y Económica en todos los estados del país.
Añadió que el pasado 18 de diciembre de 2019, el Consejo Nacional de Seguridad Pública retomó su acuerdo para insistir en la Creación de las Unidades de Inteligencia Patrimonial y Económica en los estados, o en su caso para fortalecerlos donde los hubiera, mismas que tener el propósito de coadyuvar en la investigación y acopio de información en materia de prevención y combate de este delito.
“Este tema es importante, porque entre los principales acuerdos del presidente López Obrador con los gobernadores en el marco de la Conferencia Nacional de Gobernadores, destaca precisamente el de crear las Unidades de Inteligencia Patrimonial y Económica, que al menos en nueve estados del país todavía se mantienen pendientes, a pesar de los acuerdos mencionados”, expresó Cecilia Covarrubias.
La morenista recordó también que el 18 de marzo pasado el Gobernador de Sinaloa firmó un convenio con la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, según el cual su gobierno daría información relacionada con el Registro Público de la Propiedad y la Federación le haría llegar la relacionada a casos concretos que puedan servir tanto al Gobierno del Estado como a la Fiscalía General para judicializar carpetas de investigación, en relación a las operaciones económicas que se señalan.
“Hasta ahí, todo esta bien: es decir hay un convenio con la federación contra el lavado de dinero y una unidad de la fiscalía que enfrentaría el problema. El problema, es que en Sinaloa no hay delito que perseguir, porque las operaciones con recursos de procedencia ilícita son hasta ahora inexistentes en el Código Penal para el Estado de Sinaloa”, criticó Cecilia Covarrubias.
Agregó que la libertad del comercio, el avance de las tecnologías de la comunicación, así como de las transacciones interbancarias, hicieron que la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, celebrada en 1988, incluyera el combate de ese delito en la redacción de la convención.
Otra convención que lo incorpora de manera literal como Penalización del blanqueo del producto del delito, es la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, realizada el año 2000.
“En México, como ya lo dije, el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, además de contemplarse en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, está previsto en 22 estados del país. En Sinaloa no, y eso no permite que tenga algún efecto práctico el convenio del gobierno del estado con la UIF o que tampoco lo tenga la creación de la unidad en la fiscalía”, expuso la diputado de morena.
“Es por eso que las diputadas y disputados de morena , hoy presentamos una iniciativa tipificándolo de la siguiente manera: A quien por sí o por interpósita persona, adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio del Estado, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, con el propósito de ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita, se le impondrán de cinco a quince años de prisión y de cinco mil a diez mil días multa”, enunció la morenista.
Concluyó que se establece además que esas penas sean aumentadas en una mitad cuando el delito se cometa por servidores públicos, a quienes se impondría, de manera consecuente, la destitución o inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
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