Los cabildos de 14 municipios respaldaron la reforma aprobado por el Congreso del Estado, que modifica la Constitución Política del Estado de Sinaloa e implementa la figura de Revocación de mandato para la figura de Gobernador del Estado de Sinaloa, por lo que sólo resta enviar el decreto al Poder Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa para que entre en vigor.
De acuerdo a la Ley, los municipios tienen un plazo de 15 días para que voten sus cabildos y responder al Congreso del Estado en caso de una Reforma a la Constitución. Los municipios de El Fuerte, Choix, Cosalá y Concordia no enviaron su votación respecto a este decreto, pero al contarse ya con la mayoría se tiene por aprobada.
El Congreso del Estado aprobó el pasado 17 de mayo de manera unánime, el dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sinaloa para implementar la figura de revocación de mandato para el cargo de Gobernador del Estado, armonizando la Constitución Estatal con los parámetros federales y garantizando a las y los sinaloenses el derecho de ejercer la democracia participativa.
El dictamen se derivó de diversas iniciativas, una de ellas promovida por el propio gobernador del Estado Rubén Rocha Moya, así como también una promovida por el Grupo Parlamentario de morena que es mayoría en el Poder Legislativo. De la misma manera, se presentaron también iniciativas del Partido Sinaloense y del ciudadano Víctor Corrales Burgueño y la ciudadana Angélica Díaz Quiñónez.
En el dictamen aprobado, se establece que el proceso de revocación de mandato será convocado por el Instituto Estatal Electoral del Estado de Sinaloa a petición de las ciudadanos y los ciudadanos en un número equivalente de al menos el 10% de los inscritos en la lista nominal de electores del estado y por lo menos en la mitad más uno de los municipios, podrá solicitarse sólo en una ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de mandato del Gobernador en turno.
El IEES emitirá durante el mes previo a la fecha prevista los formatos para la recolección de firmas, verificará en un plazo de 30 días que se cumplan con los requisitos establecidos en la Ley y la votación se realizará de manera libre, directa y secreta el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales federales o locales. En caso de revocarse el mandato del titular del Poder Ejecutivo, el Congreso nombrará dentro de los treinta días siguientes a quién concluirá el periodo constitucional.
Para el proceso de revocación de mandato sea válido, queda establecido que deberán participar al menos el 40%de las personas inscritas en la lista nominal de electores del estado y sólo procederá por mayoría absoluta. El IEES tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación.
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